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La condena de Garzón

El Comentario

En España, la Justicia se entiende en ocasiones, demasiadas, al revés. El acusado debe aplicarse en demostrar su inocencia, mientras el que acusa no necesita probar ninguna imputación. Es un mal endémico que conculca un principio básico del Derecho y además ocasiona un daño irreparable en el que lo padece.
 
Por “a” o por “b”, porque parece algo inevitable en determinadas coyunturas, porque no hay sanción para el que lo practica, porque su perniciosa eficacia crece exponencialmente sin oportunidad de contrastar la verdad, porque responde habitualmente a intereses espurios, porque para el común de la gente cuando el río suena debe siempre llevar algo de agua, sea por la desgracia que sea, es lo cierto que los juicios paralelos tienen tanta carga de trabajo en nuestro país como los de los tribunales ordinarios.

En torno a lo que se conoce como caso “Gürtel” (es básico bautizar los sumarios para resumirlos después en los titulares) se han insinuado, deslizado o inferido acusaciones muy graves contra personas con responsabilidades políticas en el Partido Popular sin ningún merecimiento punitivo ni justificación legal para ello. 

Cuando su honestidad campaba ya por la condena anticipada, la Fiscalía Anticorrupción ha declarado a Garzón incompetente y le ha pedido que se inhiba, que se prive, que se retire, que abandone el caso “Gürtel” para que entiendan de él otras instancias.
 
Haga lo que haga, Garzón ya ha dictado sentencia para aquellos que se han visto enredados en una madeja de presunciones delictivas que nadie, tampoco esta vez, tuvo la precaución de probar.

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