La patronal de las cajas de ahorros, la CECA, tendrá que resignarse con la sentencia del Tribunal Supremo que da vía libre a los municipios para poder cobrar a cajas y bancos por la utilización intensiva que los cajeros automáticos hacen de los espacios públicos
Duro revés para la CECA
Para los bancos, poner un cajero en la calle ya no es gratis. Todo tras una sentencia a favor del Ayuntamiento de Palma de Mallorca fechada el pasado 11 de febrero. El Tribunal Supremo ha reconocido la legitimidad de dicho ayuntamiento a poder cobrar una tasa municipal a los cajeros automáticos instalados en las fachadas de las entidades financieras.
La sentencia desestima el recurso que interpuso la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) contra la imposición de esta nueva tasa del Ayuntamiento de Palma de Mallorca.
El Ayuntamiento de Palma de Mallorca seguirá cobrando un máximo de 510 euros al año y un mínimo de 340 euros anuales, según la categoría de la calle a los cajeros que se utilizan desde la vía pública.
Según el fallo del Alto Tribunal, los cajeros automáticos “constituyen auténticas oficinas de urgencia de las entidades financieras” que ofrecen servicios de forma continua y obtienen el consiguiente provecho económico. El Supremo considera que la mayor intensidad en el uso del espacio público proporciona a las entidades de crédito un beneficio específico y exclusivo que podrá ser gravado con tasas locales.
La sentencia sienta así jurisprudencia para otros procesos abiertos entre entidades bancarias y algunos ayuntamientos, que actualmente aplican tarifas que van desde los 532 euros de Móstoles hasta los 90 euros por cajero y año en Murcia.
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