El presidente del Gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, presentará en diciembre las directrices que marcarán la creación del Estatuto de la Emigración.
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Martes, 11 de agosto 2026
El presidente del Gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, presentará en diciembre las directrices que marcarán la creación del Estatuto de la Emigración.
Polémico proyecto
Durante una visita oficial de doce horas a Uruguay, el director general de
Emigración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Ramón Copa Novo,
explicó que el presidente del Gobierno presentará “el índice de las líneas
directrices” del proyecto ante los miembros del Consejo General de la
Emigración, que se reunirán en Madrid del 13 al 15 de diciembre
próximos.
“Después dejaremos seis meses para que las asociaciones, los
consejos de residentes, las comunidades autónomas y todos los miembros puedan
debatirlas y poder llegar a redactar un anteproyecto en junio”, aseguró el
director general.
La idea del Gobierno es que en la segunda reunión anual
del Consejo General, que se celebrará en junio en las islas Canarias, pueda
surgir un anteproyecto de ley, y llevarlo al Congreso en julio o como máximo en
otoño, y así “cumplir el compromiso electoral de que el Estatuto esté vigente en
la primera mitad de la legislatura”, afirmó Novo.
El Estatuto de la
Emigración será la norma que regulará todos los derechos de los españoles
residentes en el exterior, así como todas las directivas o leyes relacionadas
con el fenómeno de la emigración.
Regularización de los
inmigrantes
El proyecto no está exento de polémica ya que, aunque el
Gobierno dice haber consensuado con todos los sectores, lo cierto es que el
impacto social de las medidas todavía está por verse.
El Gobierno abrirá
un proceso extra de regularización para los extranjeros que prueben con un
certificado de empadronamiento haber llegado a la Península seis meses antes de
la entrada en vigor, previsiblemente a principios del 2005, del Reglamento que
desarrolla la Ley de Extranjería. Así lo anunció el ministro de Trabajo, Jesús
Caldera.
En este procedimiento, estipulado en una disposición
transitoria, los indocumentados deberán acreditar un contrato de trabajo por un
período mínimo de seis meses. El empresario solicitará la regularización de su
empleado, pero no se exige demostrar relación laboral previa ni obliga al
empleador a pagar las cuotas atrasadas de la Seguridad Social.
La
hotelería y la construcción recibirán un tratamiento específico. El contrato
podrá ser discontinuo, pero deberá sumar al menos seis meses en un año. En el
sector agrícola podrá reducirse a tres meses. Y, en el servicio doméstico se
permitirá al inmigrante demandar la documentación, tras reunir diferentes
contratos con diversos empleadores, de manera que en el cómputo final su
actividad semanal sea de 30 horas.
Si la administración, tras estudiar
la documentación, resuelve a favor de la solicitud, concederá al irregular la
autorización de residencia y trabajo de un año, condicionada a que el empresario
afilie al inmigrante a la Seguridad Social en el plazo de un mes. De esta forma
el régimen pretende evitar la compraventa de ofertas de empleo.
Una vez
caducado este período transitorio, los “sin papeles” normalizarán su situación
amparándose en la figura del arraigo. En el supuesto del arraigo laboral, el
texto establece la obligatoriedad de una permanencia continuada de dos años y un
año, como mínimo, de empleo en la economía sumergida que se probará a través de
resolución judicial o acta de la Inspección de Trabajo que no exime de
responsabilidad al empresario.
Para el arraigo social se requiere probar
una estancia de 3 años y contar un contrato de trabajo, carecer de antecedentes
penales en origen y/o tener vínculos familiares, o bien portar un informe del
ayuntamiento que acredite la inserción social.
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