EP/ CL- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha archivado la querella interpuesta el pasado mes de abril por la plataforma “Juicio a Aznar”, afín y financiada por e Partido Comunista de España (PCE), por la participación de España en la guerra de Irak.
ESPAÑA / Ya lo hizo en el 2´004
El Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada el pasado 3 de abril por el PCE, junto a la “Plataforma Juicio a Aznar“, contra el citado ex presidente del Gobierno y sus ministros de Defensa y Exteriores, Federico Trillo y Ana Palacio, a los que se acusaba de haber incurrido en varias conductas tipificadas en el Código Penal por “meter a España en la guerra de Irak”. El alto tribunal resuelve que sólo tiene competencia respecto de Trillo y que no hay material para encausarle.
La Sala la que ha adoptado esta resolución, que coincide con el criterio del Ministerio Fiscal, está integrada por los magistrados Juan Saavedra, Joaquín Giménez, Andrés Martínez Arrieta, Miguel Colmenero y Francisco Monterde, que ha actuado de ponente.
El Supremo admitió a trámite este asunto dada la condición de aforado de uno de los querellados, Federico Trillo, que es diputado en el Congreso de los Diputados. Considera, no obstante, que no se dan las necesarias condiciones de conexidad para unificar en este órgano la instrucción de una causa penal referida a las tres personas contra las que se dirigió la querella, y únicamente se admite la competencia para investigar a Trillo.
Una vez delimitada dicha competencia, el Supremo añade que “analizados uno a uno los hechos narrados en la querella” cabe apreciar que en ella “no se dedica una sola línea al aforado”, al igual que ocurre con Palacio, a los que sólo se menciona a la hora de imputar los delitos.
Por ello, el Supremo declara su falta de competencia para investigar a Aznar y a Palacio por los hechos denunciados y a continuación acuerda el archivo de las actuaciones “por no ser los hechos constitutivos de los delitos” denunciados.
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