El Tribunal Supremo español ha rechazado el recurso de la Fiscalía y de otras partes personadas, entre ellas organizaciones de víctimas, en el proceso por los atentados del 11-M, que asesinaron a 191 personas e hirieron a un millar en marzo de 2004. Rabei Osman El Sayed, alias “El Egipcio”, resultó exonerado del juicio celebrado al tenerse en cuenta que ya había sido condenado por integración en organización terrorista en otra causa en Italia
No hay autores intelectuales del 11-M
Se desestima oficialmente la vinculación de Al Qaeda con los atentados terroristas que volaron los trenes de Madrid, aquel trágico 11 marzo de 2004. Dos de los miembros de la llamada “célula de Virgen del Coro“, el único grupo de imputados que tenían algún contacto como grupo con el mundo islamista radical, han sido absueltos.
Concretamente, se ha absuelto a Basel Ghalyoun, de quien se había llegado a decir que su ADN había aparecido en el piso de Leganés– donde se inmolaron los hoy considerados autores del atentado-, y a Mouhannad Almallah Dabas, a quien en algún momento se llegó a presentar como cerebro de la masacre.
El Tribunal Supremo afirma en su sentencia, textualmente, que quienes cometieron los atentados de Madrid eran “un grupo u organización terrorista diferente e independiente” de Al Qaeda, aún cuando existiría una “dependencia ideológica respecto a los postulados defendidos” por esa organización islamista.
El dictámen, de 959 páginas, condena a cuatro años de prisión por un delito de tráfico de explosivos a Antonio Toro, ex cuñado del minero también acusado, José Emilio Suárez Trashorras. Toro había sido absuelto en el anterior juicio, oficiado por la Audiencia Nacional.
En cambio, el Alto Tribunal ha dejado libres a 4 de los 21 condenados en primera instancia. Se trata de Basel Ghalyoun, que había sido condenado a 12 años de cárcel por pertenencia a organización terrorista; Abdelillah El Fadual El Akil, que había sido condenado a 9 años por colaboración con banda armada; Mouhanad Almallah Dabbas, condenado a 12 años por pertenencia; y el supuesto miembro de la llamada “trama asturiana de tráfico de explosivos” Raúl González, que había sido condenado a 5 años de prisión por suministro de explosivos.
El Egipcio, en el centro de la polémica
La Asociación “11-M Afectados de Terrorismo” se ha quejado de la absolución de El Egipcio y alegan cuatro motivos: que en Italia se le condenó por hechos diferentes de los españoles, que ese fallo no es firme, que se aplique el principio de proporcionalidad, ya que se le puede condenar en España porque el delito es más grave que el de Italia, y que se admita el reconocimiento de un testigo que lo vio en la guarida de los islamistas.
El fallo italiano sostiene que El Egipcio y sus amigos de Madrid eran miembros de “grupos terroristas de tipo yihadista”. Si, según los expertos internacionales, Al Qaeda o el yihadismo es un movimiento social y cada célula es en sí una organización terrorista, podría ser condenado como dirigente de la que habría montado en Madrid.
El fallo de Milán tilda a Rabei de “coordinador de las células terroristas operativas en varios países europeos”. Los letrados pretendían que el Tribunal Supremo admitiera la declaración de un testigo que dijo haber visto a El Egipcio junto a la casa de Chinchón, en Madrid, guarida de los terroristas, con uno de los hermanos Oulad Akcha –los que se suicidaron en Leganés considerados como autores materiales de la masacre-.
El testigo lo identificó en comisaría y ante el instructor y se ratificó en la vista, pero la sentencia omite este testimonio.
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