Política

Una nueva sentencia en Argentina impide que se celebre la primera boda gay de Latinoamérica

Tras una sentencia a su favor, una pareja de homosexuales argentinos iba a celebrar este martes la primera boda entre personas del mismo sexo en Latinoamérica. Otro fallo judicial lo impidió.

Iba a celebrarse este martes

La titular del juzgado nacional en lo Civil 85, Marta Gómez Alsina, dictó una sentencia en la que se ordena al Registro Civil argentino “suspender en forma provisoria la celebración del acto programado por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas”, hasta tanto “recaiga pronunciamiento firme en los presentes”. El Gobierno de Buenos Aires dispone ahora de 60 días para recurrir el fallo judicial, y la pareja afectada tiene 15, según informa la prensa argentina.
 
El juicio fue iniciado por los ciudadanos Melisa Lebed y Miguel Haslop, que pidieron la nulidad de la sentencia del juzgado de primera instancia de lo Contencioso Administrativo que autorizaba la boda entre Alex Freyre y José María Di Bello. Lebed y Haslop reclamaron además una medida cautelar para que el Registro Civil no celebrara el matrimonio hasta lograr una sentencia firme. El fallo que permitía la boda entre personas del mismo sexo consideraba contrarios a la Constitución argentina los artículos 172 y 188 del Código Civil, que establecen que el matrimonio sólo puede ser un contrato entre un hombre y una mujer.
 
La juez de la instancia nacional que dictó el nuevo fallo dice en la sentencia: “La decisión que adopte no ha de ser interpretada como un adelanto de opinión sobre el fondo del asunto, ni discriminación alguna hacia la cohabitación estable de personas homosexuales, que pertenece a la esfera de la intimidad de cada uno que resguarda el artículo 19 de la Constitución Nacional y a quienes la legislación porteña les confiere la opción de celebrar la unión civil”.
 

El abogado de la Federación Argentina LGBT (Lesbiana, Gay, Bisexual y Transexual) y asesor legal de Freyre, Gustavo López, dijo el lunes que “si no se casan mañana, lo harán más adelante”. También consideró que “lo que dictó la jueza (de primera instanacia) Seijas está en firme y los únicos que se pueden oponer son sus superiores y ninguno dijo nada, ni la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la ciudad, ni el Superior Tribunal de Justicia”. “Esto es un fallo de una jurisdicción diferente, donde hay una jueza que se inmiscuye en una jurisdicción que no le corresponde. Ella debería ir a la Corte a pedir la nulidad”, afirmó el letrado.

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