La Audiencia Nacional a declarado nulo de pleno derecho el reparto de puestos diplomáticos en el extranjero que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España estableció para este año 2006.
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Martes, 27 de octubre 2026

La Audiencia Nacional a declarado nulo de pleno derecho el reparto de puestos diplomáticos en el extranjero que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España estableció para este año 2006.
Tras violar los derechos constitucionales de un diplomático
La Audiencia Nacional ha anulado la
resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores que adjudicó este
año los puestos en el extranjero para diplomáticos, al considerar
que se vulneró el derecho a la igualdad y a la libertad sindical de
un funcionario.
La sentencia del Juzgado Central Contencioso-Administrativo
número 7 no es firme y, según avanzaron a EFE fuentes del Ministerio
de Exteriores, la abogacía del Estado está estudiando un posible
recurso.
En la sentencia, a la que tuvo acceso EFE, el juzgado estima el recurso interpuesto por el diplomático Miguel Angel Vecino, al que no se le concedió ningún puesto de los que había solicitado.
Como el demandante, el Juzgado Central aprecia “indicios” que
relacionan esa decisión del Ministerio con la actividad sindical que
había realizado el diplomático, como representante de FSP-UGT,
cuando era consejero de la Embajada de España en Otawa (Canadá).
La adjudicación de puesto de trabajo para diplomáticos en el extranjero se realiza por el sistema de libre designación, pero el
Juzgado se remite a varias sentencias del Tribunal Supremo y destaca
que la discrecionalidad administrativa no significa arbitrariedad y
que “no ha sido jamás la posibilidad de decidir libérrimamente, sin
atenerse a ninguna regla o criterio objetivo”.
Considera de hecho que, en este caso, no se ha respetado en la
provisión de destinos los principios de mérito y capacidad.
El demandante, que, según la sentencia, debería ser destinado
ahora a uno de los puestos que había solicitado en Naciones Unidas,
ingresó en la carrera diplomática en 1987 y entre 2002 y 2004 fue
consejero de la Embajada española en Otawa, donde, como sindicalista, denunció diversas irregularidades que se estaban
cometiendo.
Entonces fue removido de su puesto y, al volver a Madrid, fue
nombrado jefe de área de Naciones Unidas en la Subdirección General
de Naciones Unidas del Ministerio.
En 2005 solicitó dos comisiones de servicio, pero sus peticiones
fueron rechazadas y, en uno de los casos, como reconoce el Juzgado,
en favor de un funcionario “recién ingresado en la carrera y con
muchísima menor experiencia”.
Cuando Exteriores publicó este año la lista de puestos vacantes
para diplomáticos en el extranjero, Vecino presentó su candidatura a
cinco de ellos, pero no se le adjudicó ninguno.
El diplomático presentó el recurso por la vía contencioso
administrativa al considerar que, en dos de los puestos que había
solicitado, en Nueva York, se habían vulnerado sus derechos debido a
su actividad sindical, sin tener en cuenta parámetros como la
antigüedad, el mérito o la capacidad.
Según el juzgado, la administración conocía la condición de
representante sindical de Miguel Ángel Vecino y es “innegable” que
sus denuncias en Otawa provocaron “su cese fulminante”.
En la sentencia, en la que se compara el currículum de Vecino con
los de las dos personas que obtuvieron los puestos de Nueva York que
reclamaba, se considera que se han vulnerado los derechos
fundamentales de libertad sindical y de igualdad.
Por ese motivo, se declara “nula de pleno derecho” la resolución
por la que se resolvió en abril la convocatoria general de provisión
de puestos de trabajo en el extranjero para funcionarios de la
carrera diplomática.
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