El juez de Murcia que retraso más de la cuenta los trámites de adopción que realizaba una pareja de lesbianas, ha visto aumentada su inhabilitación de dos a diez años.
Sentencia del Tribunal Supremo
El juez de familia de Murcia, Fernando Ferrín Calamita, ha visto aumentado de dos a diez años el periodo de inhabilitación a cualquier cargo, después de que se le encontrara responsable de haber retrasado el trámite de adopción que realizaban una pareja de lesbianas. Además, deberá pagar una multa de 620 euros e indemnizar a las perjudicadas con seis mil euros.
En su sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia estima parcialmente los recursos interpuestos por la Fiscalía y por las perjudicadas contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que condenó al juez a una pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación por un delito de retardo malicioso en la tramitación del expediente de adopción. El alto tribunal considera, a instancia de las acusaciones que la actuación del juez constituyó un delito de prevaricación.
Durante la vista celebrada ante el Supremo por este caso el pasado 22 de octubre, el fiscal fundamentó su petición en la existencia de prevaricación en un total de cinco resoluciones dictadas por el juez de Murcia en el expediente de adopción que supusieron “una contradicción grave contra el ordenamiento jurídico”.
Entre ellas, la petición de un examen sobre la madre biológica, el nombramiento de un defensor judicial de la niña (requisito no exigido por la ley), o la realización de unas preguntas a la psicóloga del caso, relativas a la conveniencia de que la niña conviviera con dos mujeres, que a juicio de esta parte “revelan una clara condición homófona”.
Por su parte, la defensa de Calamita, ejercida por Javier María Pérez Roldán, alegó que la actuación de Ferrín Calamita en este caso no acredita más que su interés por conocer los detalles precisos para tramitar una adopción que, por ser entre personas del mismo sexo, era “totalmente novedosa”.
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