Política

El juez Pedraz dice que en España no es delito abroncar y pitar al Rey

AGENCIAS / CL- Con motivo de la final de la Copa del Rey, nacionalistas vascos y catalanes impulsaron y concretaron una “pitada” contra el mandatario real. Según dictaminó un juez el hecho “está amparado por la libertad de expresión”.

ESPAÑA / Con motivo de la final de la Copa del Rey
El Juzgado de Instrucción número 1 de la Audiencia, que dirige Santiago Pedraz, no dio curso a una querella que por estos hechos había presentado la Fundación Denaes. La misma acusaba de delitos contra el Rey a los responsables de Esait(organización que reivindica una selección de fútbol en Euskadi) y de Catalunya Acció (entidad que promueve lo mismo en Cataluña).

En concreto, Denaes acusaba a estas asociaciones de haber incurrido en los delitos de provocación al odio, ultrajes a la nación española e injurias al Rey al promover la pitada al himno nacional, delitos para los que la pena máxima es de cinco años de cárcel.

Sin embargo, el Juzgado número 1 de la Audiencia concluyó que “la pitada efectuada durante la llegada del Rey, durante la interpretación del himno nacional, así como con la colocación de pancartas con el lema <´Good bye Spain´ > están amparadas por la libertad de expresión, y no pueden considerarse difamatorias, injuriosas o calumniosas, ni mucho menos que propugnen el odio nacional o ultraje a la Nación”. Y, por ese motivo, no son “merecedoras de reproche penal”.

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