AGENCIAS/EDE.- Las filtraciones de sumarios, las detenciones televisadas o el espionaje serán los argumentos a los el PP se acogerá para recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y denunciar al Gobierno de Zapatero por “persecución”. Los “populares” aseguran que esas actuaciones dan pie a “juicios paralelos” en la prensa para que sus dirigentes y militantes aparezcan como culpables ante la sociedad antes de ser juzgados.
ESPAÑA/ “Juicios paralelos” a dirigentes y militantes
El Partido Popular está estudiando si es posible recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos lo que considera una “persecución” por parte del Gobierno contra los militantes de su partido. Desde que la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, denunciara, a principios del mes de agosto, las sospechas de que había teléfonos de dirigentes que estaban pinchados, los populares están estudiando qué medidas judiciales adoptar.
El presidente del PP, Mariano Rajoy, tras respaldar la denuncia de la dirigente popular, recordó que ya han emprendido algunas acciones judiciales y que “no renuncian a nada”, pero no quiso desvelar qué otro tipo de actuaciones podrían llevar a cabo en el ámbito judicial.
Fuentes consultadas por Europa Press explicaron que, entre las posibilidades que están estudiando está recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. Entre otros argumentos, alegan que las filtraciones de sumarios, las detenciones televisadas o el espionaje a sus militantes está provocando que haya “juicios paralelos” en los medios de comunicación y que los imputados aparezcan como culpables ante la opinión pública antes de que se pronuncie un tribunal.
En ese sentido, argumentan que precisamente sobre el asunto de los “juicios paralelos” ya se ha pronunciado en alguna ocasión el citado Tribunal Europeo. En una de esas ocasiones en las que Estrasburgo ha abordado este asunto, advirtió del peligro que supondría que la sociedad “se habituara al espectáculo de los pseudo-juicios en los medios de comunicación”, ya que a largo plazo, esto podría traer “consecuencias nefastas para el reconocimiento de los tribunales como los órganos capacitados para determinar la culpabilidad o inocencia” de un acusado en un proceso penal.
Así lo expone, por ejemplo, en el caso Sunday Times contra Reino Unido en 1979 y más recientemente en la sentencia del “caso Worm” contra Austria del 29 de agosto de 1997, en la que Estrasburgo avaló el dictamen del Tribunal de Apelación austriaco, que condenó al periodista Alfred Worm a una multa por “influencia abusiva en un procedimiento penal”.
Las fuentes consultadas por Europa Press, también expusieron que esta cuestión de los “juicios paralelos” ya fue abordada por el Consejo General del Poder Judicial. Uno de ellos se produjo en enero de 1995 y en él, el Consejo expresaba “sin ambages su criterio negativo acerca de los fenómenos de `juicios paralelos´, que no sólo pueden lesionar legítimos derechos, sino también contrariar la independencia del quehacer judicial y empañar la imagen social de la Justicia”.
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