Política

La Audiencia Nacional en España rechaza una querella contra Castro pese a la doctrina del Constitucional

La querella presentada el pasado mes de octubre por la Fundación y trece ciudadanos cubanos esgrimía la reciente sentencia del Tribunal Constitucional español que permite a la jurisdicción española perseguir los delitos de genocidio con independencia de la nacionalidad de las víctimas. Sin embargo esta doctrina no ha sido tenida en cuenta.

No es un tribunal penal internacional y no es competente

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha inadmitido a trámite la querella presentada el pasado mes de octubre por la Fundación para los Derechos Humanos en Cuba, por los delitos de genocidio, crímenes contra la humanidad, torturas y terrorismo, contra el presidente cubano, Fidel Castro; su hermano, el general de Ejército Raúl Castro; y los ex ministros del régimen castrista Osami Cienfuegos y Carlos Amat.


Los argumentos del juez para rechazar la querella son similares a los utilizados tanto por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 como por la Sala de lo Penal en diciembre de 1998 y marzo de 1999, respectivamente, para no admitir a trámite la primera querella interpuesta por el mismo colectivo.


El mismo juez Moreno rechazó en el 98 la querella por no entender que los hechos denunciados fueran constitutivas de los delitos de genocidio, terrorismo y torturas alegados y considerar que no se podía convertir la Audiencia Nacional en un “tribunal penal internacional”, ya que, en su opinión, “el principio de represión universal no puede llevar a convertir a tribunales nacionales en jueces de la conducta de responsables de Gobierno extranjeros”.


El 3 de marzo de 1999, el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirmó la decisión del juez Moreno, porque “si España reconoce la soberanía del pueblo cubano y mantiene con dicho país relaciones diplomáticas, la jurisdicción penal española no puede atribuirse el conocimiento de los hechos supuestamente delictivos (sean o no genocidio), en cuanto que uno de los querellados es el excelentísimo señor Fidel Castro, que representa frente a España, la soberanía del pueblo cubano”.


En esta ocasión, la querella presentada el pasado mes de octubre por la Fundación y trece ciudadanos cubanos esgrimía la reciente sentencia del Tribunal Constitucional español que permite a la jurisdicción española perseguir los delitos de genocidio con independencia de la nacionalidad de las víctimas.


Sin embargo esta doctrina no ha sido tenida en cuenta. La Audiencia Nacional ha mantenido de nuevo la inmunidad de los jefes de Estado y de Gobierno, pese a que la Fundación de Derechos Humanos pedía que se ordene la detención, vía Interpol, de los querellados, entre los que se encuentra Fidel Castro, en cualquier país al que se desplacen.


REPRESIÓN DE DERECHOS HUMANOS.


La querella afirmaba que desde que Castro llegó al poder, el 8 de enero de 1959, comenzó “todo un mecanismo de represión de los derechos fundamentales y libertades públicas”, mediante “la implantación de un terror revolucionario” a cuyo servicio se pusieron a trabajar varios organismos, como el Departamente de Seguridad del Estado, llamado la “Gestapo roja”, el Ministerio del Interior, la Dirección General de Inteligencia y la Unidad Militar de Ayuda a la Producción, entre otros.


La Fundación de Derechos Humanos en Cuba describía el sistema de encarcelamiento del régimen y las principales cárceles del país. “En 1978 había en Cuba entre 15.000 y 20.000 presos políticos -afirma la querella-. Hoy el Gobierno reconoce la existencia de entre 400 y 500 presos políticos. Según Amnistía Internacional, en 1997 había en la isla entre 980 y 2.500 presos políticos. Desde 1959 más de 500.000 cubanos han pasado por los campos y centros de represión.”


Otro apartado de la demanda interpuesta es el de fusilamientos, cifrados entre 15.000 y 17.000 durante la dictadura castrista. Además, se mencionan formas de tortura como la de privación del descanso y el sueño, alterar las horas de las comidas, utilizar insectos propios de la falta de higiene y obligar a los reclusos a desnudarse y formar filas en las que deben juntar sus cuerpos hasta provocar el contacto de las partes genitales.

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