Política

Las parejas de hecho podrían residir en España legalmente

La iniciativa ha sido apoyada por el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, quien ha pedido al Gobierno que efectúe las reformas legales necesarias.

Pulseada con el Gobierno
El Reglamento de la Ley de Extranjería permitirá la reagrupación familiar en el caso de las parejas de hecho. Ésta es una de las medidas más llamativas que han trascendido en pleno periodo de negociación entre el Gobierno y los agentes sociales para lograr «el mejor texto posible».

Fuentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales señalaron que el Ejecutivo es consciente de que esta posibilidad puede abrir una vía para el fraude. «Por ello, los expedientes se van a mirar con lupa», indicaron. «Los funcionarios serán especialmente rigurosos al respecto, y los candidatos tendrán que acreditar su convivencia de forma fehaciente».

La iniciativa ha sido apoyada por el Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, quien ha pedido al Gobierno que efectúe las reformas legales necesarias para facilitar que las parejas de hecho de ciudadanos españoles, o extranjeros con residencia legal, puedan lograr la plena equiparación legal y vivir en España con plenos derechos. La sugerencia está incluida en un informe de recomendaciones al Reglamento de Extranjería.

El Defensor del Pueblo coincide, de este modo, con la interpretación que el departamento de Jesús Caldera da ya al actual reglamento, al entender que la autoridad gubernativa puede considerar como vínculo familiar, a la hora de la regularización por arraigo, una relación análoga a la conyugal.

Siguiendo con las relaciones familiar, considera que el futuro Reglamento de la Ley de Extranjería debe contemplar expresamente la posibilidad de que un extranjero con permiso de residencia en España pueda trasladarse con su familia a España desde el primer momento si demuestra que tiene medios económicos para mantenerlos.

El Defensor entiende que es posible y deseable que la familia viaje y permanezca en España unida desde el primer momento, siempre que quede acreditada la viabilidad económica del traslado del grupo familiar”, señala en un comunicado. En este sentido, recuerda que esta posibilidad, no prohibida por la Ley, no fue desarrollada con una normativa específica en el Reglamento.

Por ello, recomienda que en el nuevo texto se contemple, para que pueda utilizarse con normalidad, particularmente en los casos de los dos progenitores y cuando la corta edad de los menores “hace aún más problemática la separación de sus padres”.

Con ello, pretende contribuir a eliminar la demora de alrededor de dos años a la que en la actualidad se tienen que enfrentar los extranjeros residentes para poder reagrupar a sus hijos menores. Igualmente, la Institución sugiere que se extienda la obtención de un permiso de residencia por colaboración con la Justicia, no sólo en casos de lucha contra las mafias del tráfico de personas, sino en la persecución de cualquier tipo de delitos.

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