… una agenda cargada de ideología y que amenaza los conceptos de propiedad privada, libertad de emprender y el libre mercado en el mundo agrícola.
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Viernes, 04 de octubre 2024
… una agenda cargada de ideología y que amenaza los conceptos de propiedad privada, libertad de emprender y el libre mercado en el mundo agrícola.
En mayo de 2023 el Gobierno del Presidente Boric lanzó la Estrategia Nacional de Soberanía para la Seguridad Alimentaria, la que considera diez medidas para “avanzar en sistemas alimentarios más sostenibles, resilientes e inclusivos, como una forma de cambiar la base del sistema alimentario nacional, con el objetivo de contribuir a la seguridad alimentaria y nutricional presente y futura”(9). Si bien la medida es pionera en el establecimiento de lineamientos para los sectores agrícola, el significado que domina el discurso articulador de la estrategia es el de soberanía alimentaria, concepto fuertemente cargado por visiones provenientes de movimientos sociales y cuestionamientos al modelo de desarrollo agroindustrial actual.
El origen del concepto puede rastrearse hasta la Cumbre Mundial sobre Alimentación de 1996, donde un movimiento social de agricultores y campesinos de distintos lugares del mundo, firmaron la Declaración de Roma de La Vía Campesina, definiendo la soberanía alimentaria como “el derecho de cada nación para mantener y desarrollar su propia capacidad para producir los alimentos básicos de los pueblos respetando la diversidad productiva y cultural” (10). En resumen, este documento afirma que la alimentación es un derecho humano básico que debe garantizarse mediante la capacidad de cada nación de producir sus propios alimentos, priorizando la diversidad productiva y cultural.
Cabe hacer presente que en la soberanía alimentaria no sólo se contempla el derecho a la alimentación, si no que como lo señala el documento de ODEPA de diciembre de 2022, existe una serie de otros derechos que se desprenden del concepto de soberanía alimentaria:
-“El derecho a producir alimentos y a vivir de su actividad agropecuaria o pesquera con
dignidad; es decir, el derecho a acceder a los medios de producción (tierra, agua, semillas, animales) y a sostenerse a sí mismo, a su familia y a su sociedad.
-El derecho a decidir lo que uno quiere consumir y cómo, y por quién es producido.
-El derecho a definir las propias políticas agrícolas, alimentarias, económicas y sociales, que sean ecológica y culturalmente adecuadas a sus contextos únicos.
-El derecho a decidir el propio nivel de autosuficiencia.
-El derecho a proteger y regular la producción y el comercio de productos agropecuarios y pesqueros en un objetivo de interés público.
-El derecho a usar y valorizar una biodiversidad agropecuaria más amplia, que no sea restringida por la propiedad intelectual.
-Derechos laborales con perspectiva de género”(11).
Junto con lo anterior, el concepto analizado constituye una crítica a la economía de libre mercado, el comercio internacional y la propiedad de recursos agrícolas en manos de empresas multinacionales. Promueve la reforma agraria, la sostenibilidad ambiental y el control democrático en la producción alimentaria (12).
Esta posición frente a los medios de producción agrícola está influenciada por el pensamiento marxista clásico, que critica la propiedad privada de la tierra como un mecanismo de explotación. Marx, en su análisis de la acumulación primitiva, denunciaba la expropiación de campesinos como una característica clave del capitalismo (13). En los años 60, las luchas agrarias, impulsadas por movimientos de izquierda, como el maoísmo, retomaron estas ideas, promoviendo la redistribución de tierras y
resistiendo la concentración de poder en manos de corporaciones agroindustriales.
Actualmente, el concepto ha dejado de lado su acepción primigenia, siendo tomado por los sectores de izquierda como discurso contra la agroindustria, asociándolo a otras categorías y grupos, como los indígenas o las mujeres campesinas. Por ejemplo, se introdujo este concepto en el articulado de la fallida propuesta constitucional de la Convención, donde expresamente señalaba: “es deber del Estado asegurar la soberanía y seguridad alimentaria. Para esto promoverá la producción, la distribución y el consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación sana y adecuada, el comercio justo y sistemas alimentarios ecológicamente responsables”(14), junto con ello, la discusión giró en torno a cómo el comercio internacional afecta la producción agrícola local, por lo que el Estado debería proteger a esta última (15). En este sentido, se articula un discurso donde los pequeños agricultores actúan de antagónica a la gran agroindustria, dejando de lado los potenciales beneficios que un trabajo mancomunado de todos los actores tendría en la capacidad alimentaria del país.
Al igual que suele ocurrir con otros conceptos enarbolados por la izquierda, la soberanía alimentaria presenta una romantización de la forma de vida campesina y las formas de producción locales, alternativas socialmente justas y ecológicas para satisfacer la demanda global de bienes agropecuarios, ignorando que la gran agroindustria también puede contar con altos estándares de sustentabilidad(16). Finalmente, estas posiciones construidas desde la teoría ideologizada, pero distanciadas de la realidad, no se hacen cargo de diseñar propuestas factibles que logren articular la producción de pequeños campesinos con la demanda global por alimentos, convirtiéndose la soberanía alimentaria en otro concepto cargado de “buenismo”, pero sin una aplicabilidad real para enfrentar los problemas de alimentación del mundo y buscando bajo el alero de la “protección de pequeños campesinos” impulsar una agenda cargada de ideología y que amenaza los conceptos de propiedad privada, libertad de emprender y el libre mercado en el mundo agrícola.
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9 Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (2023). Disponible en: https://www.odepa.gob.cl/publicaciones/noticias/agro-en-la-prensa/gobierno-lanza-estrategia-nacional-de soberania-para-la-seguridad-alimentaria-juntos-alimentamos-chile
10 La Vía Campesina (1996). Declaración Roma. Disponible en: https://viacampesina.org/es/1996-declaracion de-roma-de-la-via-campesina-que-define-por-primera-vez-la-soberania-alimentaria/
11 Estudio: Definición de un marco conceptual, análisis crítico de la situación nacional, gobernanza y líneas de acción en seguridad y soberanía alimentaria para avanzar en la elaboración de una estrategia nacional (2022). https://bibliotecadigital.odepa.gob.cl/bitstream/handle/20.500.12650/72012/DefinicionLineasAccion_SSA.pdf
12 Ídem.
13 Marx K. (2019). El Capital. Critica de la Economía Política. Fondo de Cultura Económica.
14 Propuesta Constitucional 2022. Art. 55.
15 Propuesta Constitucional 2022. Art. 17.
16 Bernstein H. (2014). Food sovereignty via the ‘peasant way’: a sceptical view. The Journal of Peasant Studies, 41:6, 1031-1063
Informe preparado por el Programa Política y Sociedad Civil, Libertad y Desarrollo.
Responsable: Rodrigo Ubilla rubilla@lyd.org
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