Política

Tres años y medio de prisión para un matrimonio ecuatoriano por estafar a sus compatriotas

El magistrado del Juzgado de lo Penal número uno de Santander ha condenado a tres años y medio de prisión y una multa que suma un total de 3.000 euros a un matrimonio ecuatoriano por facilitar la entrada clandestina en España de compatriotas a los que enviaban cartas de invitación para estancias de tres meses, con el objetivo de que se quedaran a residir definitivamente en territorio español.

Enviaban cartas de invitación por tres meses que no tenían validez
Además, en dos casos, las personas “invitadas”, tuvieron que regresar a su país nada más aterrizar en suelo español porque las cartas de invitación, por las que los procesados les habían cobrado 200 euros, no tenían validez.

Según recoge la sentencia, hecha pública este miércoles, los acusados: Luis Genaro R.T., de 36 años de edad y su esposa, Dunnia Elizabeth M.R., de 35, ambos residentes en la localidad cántabra de Potes y sin antecedentes penales, facilitaron la entrada en España de cuatro ciudadanos ecuatorianos, tres mujeres y un hombre, entre los años 2001 y 2002, a través de cartas de invitación, un medio de complemento de visado susceptible de ser emitido tanto por un ciudadano español, como por un residente en el país, con la concreta finalidad de realizar unos aseguramientos sobre las personas que se benefician del compromiso durante el periodo de la estancia.

Sin embargo el matrimonio utilizó dichas invitaciones notariales para que los ´invitados´ pudieran acceder a España eludiendo otros requisitos con los que no se les hubiera permitido la entrada a territorio español, favoreciendo así la inmigración de trabajadores “clandestina”, término que en este caso se aplica a los casos en los que la inmigración se realiza revistiéndola de una apariencia de legalidad, es decir, la entrada por medio de los controles ordinarios, pero ocultando a las autoridades la finalidad “ilícita” con que se hace.

En las cartas de invitación, Luis Genaro R.T. garantizaba y se responsabilizaba del cumplimiento de las obligaciones que establece el Reglamento de Extranjería, en concreto, sobre el objetivo del viaje, que era para una estancia de tres meses, asumiendo la disposición de medios de subsistencia para ese periodo, del seguro de viaje, de alojamiento y garantía de retorno en relación con los beneficiados por el compromiso, responsabilizándose de que ninguno de ellos trabajara en España, salvo que en el ejercicio de su actividad se cumplieran las normas establecidas.

A pesar de ello, ninguno de estos deberes se cumplió por parte del acusado, ya que, según señala la sentencia, lo que se pretendía, en concordancia con el deseo de los inmigrantes ´invitados´, era conseguir la entrada en España mediante el uso de un compromiso de invitación.

// OTROS TEMAS QUE TE PUEDEN INTERESAR

// EN PORTADA

// LO MÁS LEÍDO

// MÁS DEL AUTOR/A

Menú