Política

Un ahorrista argentino víctima del “corralito” recurre a la OEA

Un pedido de nulidad del fallo de la Corte Suprema argentina a favor de la pesificación terminaría en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Proceso judicial histórico
El pedido de “nulidad” del fallo de la Corte que avaló la pesificación, presentado ayer por un ahorrista argentino, parece encaminado a terminar en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, según interpretaron
fuentes judiciales consultadas.

La presentación del ahorrista Jorge Szkolnik ante el juez Martín Silva Garretón pretende que un juez de primera instancia dicte la nulidad del “acto administrativo” de la Corte al fallar a favor de la pesificación. Szkolnik adujo que la Corte “no respetó el principio
de cosa juzgada y contradijo su propio fallo anterior en el caso San Luis”. “Resulta paradojal que cuando los bancos registran depósitos de igual magnitud a los que tenían previo al ´corralito´ y no se ha producido quiebre alguno del sistema bancario, se dicte un pronunciamiento que venga a favorecer, nuevamente, a los
bancos”, añadió la presentación. Además, advirtió que “no se ha investigado la fuga de capitales previas al ´corralito” y recordó que “los bancos ya recibieron una compensación por la pesificación asimétrica”.

Más allá de las consecuencias que ese eventual fallo podría tener, lo cierto es que debería ser la propia Corte la que -en última instancia- debería revisar el fallo de Silva Garretón, es decir debería decidir sobre la nulidad que la propia Corte dictó. ¿Qué Corte debería resolver eso? Probablemente una formada por “conjueces”, porque los titulares ya se pronunciaron sobre la cuestión. Independientemente
de esa controvertida situación, ya hay una causa abierta ante la Comisión de Derechos Humanos de la OEA, que todavía no llevó el Caso ante la Corte Interamericana (CIDH), pues no había un pronunciamiento de fondo de la Justicia argentina.

¿Por qué interviene la Comisión de Derechos Humanos? Porque lo que está en juego es el “derecho a la propiedad”, considerado uno de los principales derechos humanos en las democracias occidentales. Si el caso llegara a la CIDH, y ésta fallara que la pesificación viola el derecho a la propiedad, la Corte argentina se vería ante una situación más insólita aún, porque según interpretan varios ministros del tribunal argentino, ese fallo sería de “cumplimiento obligatorio”.

Desde la incorporación de los pactos internacionales en materia de derechos humanos en la Constitución argentina de 1994, los fallos de la CIDH son “obligatorios” para el Estado argentino. De tal manera, y pese a la fuerza de “cosa juzgada” del fallo pesificador, aún resta una instancia supranacional en la que el caso podría ser revisado.

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