La República de Chile ha vuelto a la carga para obtener la extradición del ciudadano chileno Galvarino Sergio Apablaza, investigado con relación al asesinato de un senador de su país y el secuestro del hijo de un conocido empresario periodístico.
Pese a que la Corte Suprema de la República Argentina había definido a los delitos de los que se acusa a Apablaza como “delitos comunes”, la administración de la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner, a través de actos administrativos emitidos por la Comisión Nacional de Refugiados, concedió asilo político al mencionado Apablaza. Lo que no resultó sorprendente desde que la pareja de Apablaza trabajaba en la cercanía de la ex presidente. En ese entonces, el caso Apablaza (sumado al del etarra Lariz Iriondo) había generado la impresión de que la Argentina era un refugio para los acusados de terrorismo. Un “paraíso” para ellos, entonces.
Para Chile, las resoluciones y actos de la mencionada Comisión son nulas, porque no se ajustan a las leyes argentinas. Por esto concurrió a la Justicia Federal argentina como parte interesada, persiguiendo la declaración de nulidad de los actos impugnados en virtud de los cuales Apablaza reside, como asilado político, en la Argentina.
Chile sostiene, con razón, que la ley argentina impide otorgar el carácter de refugiado a un acusado de haber cometido delitos comunes y procura poner en marcha el control judicial para revertir el asilo otorgado a Apablaza, que entiende ha sido ilegal.
Ante la presentación judicial chilena, el Estado argentino, en tiempos de la anterior administración, planteó la excepción de falta de legitimación del país vecino para actuar ante la justicia argentina. Para “sacarlo de la cancha”. En un primer éxito, Chile logró que se le habilitara la instancia judicial, con un dictamen favorable del Fiscal actuante.
Ahora Chile acaba de obtener un segundo triunfo, pues el juez federal actuante, Ernesto L. Marinelli, rechazó la excepción de falta de habilitación de la instancia judicial y la de falta de legitimación activa que fueran argüidas.
Por ello decidió que la República de Chile tiene efectivamente legitimación suficiente como para pedir judicialmente que se controle la legalidad de los actos administrativos que en su momento otorgaran asilo político a Apablaza.
Esto supone no sólo reconocer que Chile tiene efectivamente un interés legítimo suficiente, sino además que la ley argentina admite que la condición de refugiado sea revisada cuando su beneficiario ocultó o falseó hechos materiales que, de haberse conocido, hubieran conducido a denegar el asilo solicitado. Esto último tiene realmente una importancia capital, desde que ciertamente permite revisar el asilo oportunamente concedido a Apablaza.
Emilio J. Cárdenas
Ex Embajador de la República Argentina ante las Naciones Unidas
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